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Cómo recibir la ayuda para desempleados sin derecho a paro

Para beneficiarte de esta ayuda, el agotamiento del paro debe producirse a partir del 15 de febrero de 2010

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Si quieres evitar colas, puedes solicitar esta ayuda a través de la página web de redtrabaj@. FOTO: © Thesupe87 | Dreamstime.com

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20/08/2010 por: Practicopedia

El Gobierno ha ampliado el plazo de la ayuda a los desempleados que hayan agotado su prestación por desempleo. Esta ayuda se inserta dentro del Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción, al que el Ejecutivo ha destinado más de 640 millones de euros.
Este programa consiste en facilitar cobertura económica, con carácter extraordinario, a personas en situación de desempleo que hayan agotado prestación contributiva o subsidio por desempleo, carezcan de rentas superiores a 468 euros mensuales en 2009 y adquieran el compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral. Los interesados deben acudir al 'Área de Empleo' de la Oficina de Empleo donde estén inscritos como demandantes de empleo.

 

Paso a paso Paso a paso

  1. Paso 1 Cuantía de la ayuda.

    Este Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción ofrece 426 euros al mes a aquellos desempleados que ya no tienen derecho a paro.

    Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse por una sola vez, por tanto no podrán acceder de nuevo al programa los que hayan sido ya beneficiarios del mismo con anterioridad.

  2. Paso 2 Duración.

    Esta ayuda tendrá una duración máxima de 180 días o seis meses, prorrogables por períodos de seis meses, mientras la tasa de paro se mantenga superior al 17%.

    El 20 de agosto de 2010 el Consejo de Ministros aprobó la prórroga por seis meses de esta ayuda, la cual abarca desde el 16 de agosto de 2010 hasta el 15 de febrero de 2011.

  3. Paso 3 Entrada en vigor.

    Se puede solicitar esta ayuda a partir del lunes 15 de febrero de 2010. Las personas que reúnan los requisitos exigidos tendrán derecho a cobrar la prestación pasado un mes a partir del día siguiente a aquel en el que se solicite la ayuda.

  4. Paso 4 Requisitos para acceder a esta ayuda.

    - Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
    - Ser menor de 30 años, mayor de 45 años, y aquellos con edades comprendidas entre 30 y 45 años que tengan cargas familiares.
    - Haber extinguido por agotamiento: La prestación por desempleo de nivel contributivo y no tener derecho al subsidio y los subsidios por desempleo por su duración máxima, incluidas las prórrogas.
    El agotamiento debe producirse entre el 1 de enero de 2009 y el 15 de agosto de 2010, ambos inclusive.
    - Suscribir el compromiso de actividad y adquirir el compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral que se determine por el Servicio Público de Empleo correspondiente de la Comunidad Autónoma.
    - Carecer de ingresos propios superiores a 474,98 euros mensuales en 2010.
    - Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 474,98 euros mensuales en 2010. Por unidad familiar se entenderá: Usted, su cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
    - No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
    - No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.

  5. Paso 5 Quiénes NO pueden beneficiarse de esta ayuda.

    Los trabajadores que:
    - Agoten un subsidio para mayores de 52 años.
    - Tengan la condición de fijos discontinuos y agoten la prestación por desempleo o los subsidios durante los períodos de inactividad productiva.
    - Agoten la prestación por desempleo o los subsidios durante la suspensión de la relación laboral o la reducción de la jornada de trabajo en virtud de Expedientes de Regulación de Empleo.
    - Agoten el subsidio agrario, la Renta Agraria o la Renta Activa de Inserción.
    - Hayan sido beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria del Programa Temporal con anterioridad.

  6. Paso 6 Documentación que debes presentar.

    Si cumples con todos los requisitos, rellena la solicitud, impresa u online. Preséntala en la oficina del Servicio Público de Empleo en la que figures inscrito como demandante de empleo dentro de los 60 días siguientes al agotamiento de la prestación o el subsidio por desempleo.

    Los documentos que debes presentar son:

    - Impreso de solicitud, en modelo oficial, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante. Deberá entregar original y 2 copias de dicho modelo.
    - A efectos de exhibición para su verificación, documentos de identificación del solicitante y, en su caso, de los miembros de la unidad familiar:
    o Si es español: Documento Nacional de Identidad (DNI).
    o Si es extranjero residente legalmente en España: Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE), con el Número de Identidad de Extranjeros (NIE) o si es nacional de un país perteneciente a la Unión Europea/Espacio Económico Europeo, documento identificativo en su país de origen y el NIE.

    El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) podrá requerir documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

  7. Paso 7 Rellena el impreso de solicitud online,
    Paso 7

    Con el fin de evitar colas en las oficinas de empleo de facilitar los trámites a los demandantes, redtrabaj@ ofrece la opción de rellenar el impreso de solicitud a través de su página web en internet.

  8. Paso 8 Más información de ayuda para desempleados.

    Desde Practicopedia.com intentamos ayudarte con más información ante el duro trance del paro. Echa un vistazo a los siguientes practicogramas que pueden darte más ideas sobre cómo afrontar este momento:
    - Cómo apuntarse al paro
    - Qué hacer si te quedas sin trabajo
    - Cómo sellar el paro a través de internet
    - Cómo apuntarse a un curso de formación para desempledaos
    - Cómo encontrar trabajo después de los 50

 

164 Comentarios comentarios

  1. Comentarios
    164
    F JAVIER FERNANDEZ

    31-08-2010 | 08:54:02 h.

    F JAVIER FERNANDEZ

    Buenas tardes, quisiera saber si despues de haber agotado el paro en agosto 2010 y tener 31 años se tiene derecho a la ayuda familiar,sin hijos pero viviendo en casa de los padres por lo que se considera unidad familiar no? tendria derecho a alguna ayuda? gracias

  2. Comentarios
    163
    lisseth ibarra

    30-08-2010 | 06:31:12 h.

    lisseth ibarra

    lissethibarra_72@hotmail.com

    Buenas tardes, utilizo este medio para solicitar ayuda para un empleo soy madre y T.S.U pero la situacion esta un poco mal y mis padres son mayores y no dispones de recursos para continuar ayudandome agradezco su colaboracion.

  3. Comentarios
    162
    jeferson

    02-08-2010 | 09:39:44 h.

    jeferson

    jeffinho_uk@hotmail.com

    Hola, tengo una duda, el año pasado estuive en INEN para mirar sobre el paro, y alli diceran que yo no tenia derecho al paro por flatar 100 dias en contribuicion, y me deron 6 meses de ayuda de 426 euros. Gustaria de saber si este año voy a tener derecho a esta ayuda, estoy trabajando y tengo contrato de 6 meses, y despues disto estare desempleado. Tendre el derecho de esta ayuda, mismo que la disfrute el año pasado de la ayuda?? gracias jeferson.

  4. Comentarios
    161
    singl

    30-06-2010 | 07:44:30 h.

    singl

    sidi.333@hotmail.fr

    hola soy ono hombre nunka trabajar en espania porqe no tenia el permisio de trabajo y hace 4 mess lo tengo en esta periodo de crissi y no tengo trabajo ni ayuda y no tengo acojida y nno pude volver a mi paise porqe tengo problema a mi pais y hace 6 mess registrado a inem mi progonta es si tengo direcho de ayuda /grasiass

  5. Comentarios
    160
    Roman

    21-06-2010 | 11:20:52 h.

    Roman

    Hola, estoy a punto de agotar el subsidio por desempleo, de que manera puedo solicitar el subsidio para las personas sin derechos al paro? si tengo que pedir la sita previa para solicitarlo!? y en general cuales documentos hay que tener para solicitalo? gracias

  6. Comentarios
    159
    pabloo

    17-06-2010 | 04:16:37 h.

    pabloo

    hola.necesito que alguien me informe. si puedo tener ayuda si no teenido paro aunque tengo a gargo dos ijosi mi mujer que no trabaja,practicamente estamos en este momento sin dinero y se nos acaba la comida. donde podemos yr.

  7. Comentarios
    158
    alina marinela

    16-06-2010 | 01:35:07 h.

    alina marinela

    alinamar91@yahoo.it

    hola.yo ha cobrao 3 meses de ayuda,porque tuve de alta y ahora quero saver si puedo seguir a cobrarla cuando estare de baja lo que me queda?gracias

  8. Comentarios
    157
    lyubomir raychev rangelov

    10-06-2010 | 03:49:22 h.

    lyubomir raychev rangelov

    Hola,soy comunitario.resido en españa desde año 2002 i en este tiempo nunca me he contratado oficialmente.me he inscrito en SERVEF desde 17.07.2009.quiero saber que tipo de ayuda puedo recibir i que normas tengo que cumplir i que papeles nececito para esto.gracias

  9. Comentarios
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    juan el kun

    24-05-2010 | 05:14:38 h.

    juan el kun

    juanregal@live.com

    HOLA,ESTE MES DEJO DE COBRAR LA AYUDA DE LOS 426 EUROS,ESTO ES PRORROGABLE O ME QUEDO EN LA CALLE PUESTO QUE NO TENGO NINGUN INGRESO

  10. Comentarios
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    davicho

    21-05-2010 | 11:44:18 h.

    davicho

    amezdavid@gmail.com

    hola, soy davicho y he tenido muchos problemas con el desempleo,aunque he podido aprovechar este beneficio, me gustaria dar otro tipo de ayuda para que se beneficien de internet obteniendo de una manera facil y sencilla otro medio de ingreso .. espero les guste y les sirva de ayuda bueno? http://www.ganaciasgvo.net

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